Texto verbatim de la Regla 2014(a)
Una orden que apruebe el empleo de abogados, contadores, peritos, subastadores, agentes u otros profesionales conforme a las Sections 327, 1103 o 1114 del Code se hará solo a petición del síndico o del comité. La solicitud se presentará y, a menos que el caso sea bajo el Chapter 9 municipal, una copia de la solicitud se transmitirá por el solicitante al United States trustee. La solicitud expresará los hechos específicos que muestran la necesidad del empleo, el nombre de la persona a emplear, las razones de la selección, los servicios profesionales a prestarse, cualquier acuerdo propuesto de compensación y, según el mejor conocimiento del solicitante, todas las conexiones de la persona con el deudor, los acreedores, cualquier otra parte interesada, sus respectivos abogados y contadores, el United States trustee o cualquier persona empleada en la oficina del United States trustee. La solicitud estará acompañada de una declaración verificada de la persona a emplear, exponiendo las conexiones de la persona con los mismos sujetos. Fed. R. Bankr. P. 2014(a).
La arquitectura de dos documentos
La Regla 2014 requiere dos documentos para sustentar una orden que aprueba el empleo de un profesional:
- La solicitud presentada por el síndico (o deudor en posesión, o comité). La solicitud explica por qué se necesita al profesional, lo identifica, recita el acuerdo de compensación propuesto y expresa el entendimiento del solicitante respecto de las conexiones del profesional.
- La declaración verificada del propio profesional, divulgando por separado las conexiones del profesional con el deudor, los acreedores, otras partes interesadas, sus abogados y contadores, y la oficina del United States trustee.
La declaración verificada es el mecanismo procesal por el cual el tribunal de quiebras evalúa si el profesional propuesto satisface los requisitos de "persona desinteresada" (disinterested person) y "ningún interés adverso" de la 11 U.S.C. Section 327(a).
El estándar sustantivo — Section 327(a)
La 11 U.S.C. Section 327(a) permite al síndico, con aprobación del tribunal, emplear profesionales "que no tengan ni representen un interés adverso al patrimonio, y que sean personas desinteresadas". Las dos puntas son independientes:
- Sin interés adverso. El profesional no debe tener ni representar ningún interés adverso al patrimonio respecto del asunto para el cual será contratado.
- Persona desinteresada. El profesional debe ser una "persona desinteresada" dentro del significado de la 11 U.S.C. Section 101(14), que excluye a acreedores, tenedores de participaciones, personas internas (insiders), ciertos ex-insiders y cualquier persona con un interés materialmente adverso por razón de cualquier relación directa o indirecta con el deudor.
El deber de divulgar — "todas las conexiones"
La declaración verificada debe divulgar "todas las conexiones" del profesional con las categorías listadas. El deber es amplio y se interpreta con referencia al propósito de la regla: dar al tribunal y al United States trustee la información necesaria para evaluar el desinterés y el interés adverso. Los casos principales sobre adecuación de la divulgación son In re BH&P, Inc., 949 F.2d 1300 (3d Cir. 1991), y In re Granite Partners, L.P., 219 B.R. 22 (Bankr. S.D.N.Y. 1998).
El estándar BH&P
En BH&P, el Tercer Circuito enfatizó que el deber de divulgación bajo la Regla 2014 es "continuo" y no se satisface con una sola solicitud al momento de la contratación. Las conexiones que surjan o se hagan aparentes después de la contratación inicial deben divulgarse de manera suplementaria. El tribunal rechazó el argumento de que solo deben divulgarse las conexiones que el profesional crea materiales: la determinación de materialidad corresponde al tribunal, no al profesional.
El estándar Granite Partners
En Granite Partners, el tribunal de quiebras del Distrito Sur de Nueva York elaboró el deber de BH&P y articuló el estándar ampliamente adoptado: el profesional debe divulgar cualquier "conexión" — el término se lee ampliamente — y no se le permite engagar en "auto-filtrado" (self-screening) decidiendo por sí mismo qué conexiones son suficientemente materiales como para justificar la divulgación.
Qué significan las "conexiones" en la práctica
La declaración verificada típicamente divulga, como mínimo:
- Representaciones presentes y pasadas de cualquier acreedor, tenedor de participaciones o parte interesada, incluso en asuntos no relacionados
- Relaciones familiares, sociales y de negocios de los abogados del bufete con cualquier parte interesada
- Tenencias financieras del bufete o sus socios en cualquier parte interesada
- Representaciones previas del deudor (que pueden ser permisibles o descalificantes según el contexto)
- Relaciones con la oficina del United States trustee o miembros de su personal
- Relaciones con el juez de quiebras o personal de cámara
El deber continuo de suplementar
El deber de la Regla 2014 no se satisface con la declaración verificada inicial. Tanto BH&P como Granite Partners establecen que el profesional tiene un deber continuo de suplementar la divulgación a medida que nuevas conexiones se hacen conocidas. Detonadores comunes para divulgación suplementaria incluyen:
- Adquisición de un cliente nuevo cuyos intereses intersecten con el caso
- Contratación de un abogado nuevo cuyas representaciones o relaciones previas intersecten con el caso
- Divulgación por el deudor de partes acreedoras o de transacción no divulgadas previamente
- Presentación de listas (schedules) nuevas o enmendadas que añadan partes
- Descubrimiento de una conexión previa omitida en la búsqueda original de conflictos
Sanciones por no divulgar
Las consecuencias de una divulgación inadecuada bajo la Regla 2014 pueden ser severas. Sanciones y remedios disponibles incluyen:
- Desembolso (disgorgement) de todos los honorarios pagados o pagaderos al profesional, aunque los servicios subyacentes se hayan prestado debidamente y el patrimonio se haya beneficiado.
- Descalificación de la representación continuada
- Denegación de compensación bajo la 11 U.S.C. Section 328(c)
- Remisión al United States trustee para investigación o recomendación adicional
- Remisión a la autoridad disciplinaria estatal apropiada bajo las reglas locales de conducta profesional
- Sanciones bajo la Regla 9011 respecto de la declaración verificada, que es una presentación al tribunal sujeta a las representaciones de 9011(b)
Reglas y autoridad relacionadas
- 11 U.S.C. § 327 — Empleo de profesionales
- 11 U.S.C. § 328 — Limitación a la compensación de profesionales
- 11 U.S.C. § 101(14) — Definición de "persona desinteresada"
- Fed. R. Bankr. P. 2016 — Compensación por servicios prestados
- Fed. R. Bankr. P. 9011 — Firmas, representaciones, sanciones
Herramientas relacionadas (en inglés):
Discharge Screener · Research Platform