La regla general

La descarga en quiebra bajo la § 727 (Chapter 7) o la § 1328 (Chapter 13) libera al deudor de responsabilidad personal por la mayoría de las deudas anteriores a la petición. 11 U.S.C. § 523 reserva categorías específicas que no se descargan. Estas excepciones reflejan una mezcla de juicios de política pública - algunas deudas son demasiado importantes para la sociedad como para borrarse; otras reflejan conducta indebida del deudor que no debería premiarse.

La lista a continuación es selectiva - la § 523(a) tiene 19 categorías enumeradas. Aquí se describen las más relevantes para los deudores consumidores típicos.

Deudas tributarias

La Section 523(a)(1) exceptúa de la descarga la mayoría de las deudas tributarias. Los impuestos sobre la renta tienen una ventana estrecha de descargabilidad cuando se cumplen todos los siguientes requisitos (la llamada regla "3-2-240"):

Las deudas tributarias que no cumplan las cuatro condiciones sobreviven a la descarga. Los impuestos de fondo fiduciario (retención de impuestos de nómina que el deudor estaba obligado a recaudar) son no descargables sin importar los plazos.

Préstamos estudiantiles

La Section 523(a)(8) exceptúa de la descarga los préstamos educativos a menos que el deudor demuestre "penuria indebida" (undue hardship) mediante un procedimiento contencioso (adversary proceeding) separado. La prueba de penuria indebida en la mayoría de los circuitos sigue Brunner v. New York State Higher Education Services Corp., 831 F.2d 395 (2d Cir. 1987), que requiere:

  1. El deudor no puede mantener un nivel de vida mínimo para sí mismo y sus dependientes con su ingreso actual mientras paga el préstamo
  2. Otras circunstancias adicionales sugieren que ese estado de cosas probablemente persistirá durante una parte significativa del período de pago
  3. El deudor ha realizado esfuerzos de buena fe para pagar

El 9th Circuit aplica una prueba similar pero distinta de "totalidad de las circunstancias". De cualquier forma, la descarga por penuria indebida de préstamos estudiantiles es difícil y poco común, aunque la guía reciente del DOJ ha aligerado un tanto el camino para quienes tienen préstamos estudiantiles federales.

Obligaciones de manutención familiar

La Section 523(a)(5) exceptúa de la descarga las obligaciones de manutención familiar (domestic-support obligations) - manutención de menores, pensión alimenticia (en la naturaleza de manutención) y obligaciones similares ordenadas por tribunal - en su totalidad. Estas también son créditos prioritarios bajo la § 507(a)(1) y deben pagarse en su totalidad a través de cualquier plan del Chapter 13.

Las obligaciones derivadas de liquidación patrimonial por divorcio (property settlement) se tratan por separado bajo la § 523(a)(15) y son no descargables en el Chapter 7, aunque históricamente fueron descargables en el Chapter 13. Las enmiendas BAPCPA de 2005 estrecharon la superdescarga del Chapter 13 de manera que muchas obligaciones de liquidación patrimonial ahora también son no descargables en el Chapter 13.

Fraude y desfalco

La Section 523(a)(2) exceptúa las deudas por dinero, bienes o servicios obtenidos por:

Esta categoría requiere un procedimiento contencioso (adversary proceeding) por parte del acreedor. El acreedor debe presentar la demanda dentro de los 60 días siguientes a la primera fecha fijada para la junta de acreedores (FRBP 4007(c)) y probar los elementos del fraude por preponderancia de la prueba.

Los casos comunes de § 523(a)(2) involucran fraude con tarjeta de crédito (anticipos de efectivo o compras de lujo poco antes de presentar la quiebra) y estados financieros falsos hechos para obtener préstamos.

Apropiación indebida, hurto y desfalco fiduciario

La Section 523(a)(4) exceptúa las deudas que surjan de fraude o desfalco (defalcation) cometido actuando en capacidad fiduciaria, apropiación indebida (embezzlement) o hurto (larceny). Al igual que la § 523(a)(2), requieren procedimientos contenciosos presentados dentro de la ventana de 60 días.

Lesión dolosa y maliciosa

La Section 523(a)(6) exceptúa las deudas por lesión dolosa (willful) y maliciosa causada por el deudor a otra entidad o a la propiedad de otro. La Suprema Corte en Kawaauhau v. Geiger, 523 U.S. 57 (1998), sostuvo que "willful" requiere una lesión deliberada o intencional, no simplemente un acto deliberado o intencional que causa lesión. Las lesiones negligentes o imprudentes no satisfacen el estándar.

Las aplicaciones comunes incluyen agravios intencionales (asalto, agresión física), daño intencional a la propiedad y ciertas reclamaciones por incumplimiento de contrato con elementos dolosos.

Muerte o lesión personal por conducir bajo influencia (DUI)

La Section 523(a)(9) exceptúa las deudas por muerte o lesión personal causada por la operación, por parte del deudor, de un vehículo motorizado, embarcación o aeronave mientras se encontraba intoxicado por alcohol, droga o cualquier otra sustancia. Esta categoría no requiere un procedimiento contencioso - el antecedente penal o la sentencia civil suele ser prueba suficiente.

Restitución y multas penales

La Section 523(a)(7) exceptúa multas, sanciones y decomisos pagaderos a una unidad gubernamental. La Section 523(a)(13) exceptúa las órdenes de restitución penal. Estas sobreviven a la descarga sin importar la capacidad de pago del deudor.

Deudas no listadas en los Schedules de quiebra

La Section 523(a)(3) exceptúa las deudas no listadas en los Schedules cuando el acreedor carece de notificación o conocimiento efectivo del caso a tiempo para presentar una reclamación oportuna. La excepción aplica principalmente en casos donde hay activos disponibles para distribución; en casos sin activos, los tribunales a menudo reabren el caso para agregar al acreedor omitido o tratan la omisión como inconsecuente.

Nota práctica. Siempre liste a todo acreedor conocido en los Schedules de quiebra, incluso las deudas que el deudor dispute. Omitir un acreedor arriesga la no descargabilidad bajo la § 523(a)(3), particularmente en casos con activos.

El mecanismo del procedimiento contencioso

Para las categorías que requieren acción del acreedor (§ 523(a)(2), (4), (6), (15)), el acreedor debe presentar una demanda contenciosa bajo la FRBP 7001 dentro de los 60 días siguientes a la primera fecha fijada para la junta de acreedores de la § 341. La demanda inicia una acción civil separada dentro del caso de quiebra. El tribunal adjudica si la deuda cae dentro de la excepción y dicta sentencia determinando la descargabilidad.

No presentar dentro del plazo resulta en que la deuda sea descargada. Los tribunales interpretan el plazo de manera estricta; las prórrogas rara vez se conceden salvo en circunstancias extraordinarias.

Categorías de auto-ejecución vs. que requieren procedimiento contencioso

Algunas categorías de la § 523(a) son "auto-ejecutables" (self-executing) - la deuda es no descargable por mandato de ley sin necesidad de acción contenciosa (impuestos, manutención familiar, préstamos estudiantiles, multas penales). Otras requieren que el acreedor presente un procedimiento contencioso para establecer la no descargabilidad (fraude, apropiación indebida, lesión dolosa y maliciosa, liquidación patrimonial).

La distinción importa: las excepciones auto-ejecutables persisten más allá de la quiebra sin acción de nadie; las excepciones que requieren procedimiento contencioso se pierden si el acreedor no presenta a tiempo.

Lecturas adicionales

Esta página proporciona únicamente información educativa. Las cuestiones de descargabilidad son específicas a cada deuda y procesalmente complejas. Consulte a un abogado licenciado en quiebras sobre su situación específica.